En cumplimiento de la normativa nacional y de las mejores prácticas internacionales en materia de integridad, se establecen las prohibiciones, exclusiones y excepciones que regulan la aceptación, rechazo y declaración de obsequios y beneficios, garantizando un actuar ético, objetivo y alineado con los principios del servicio público.
PROHIBICIONES.
a) Se prohíbe a todos los servidores, empleados municipales de la Alcaldía de La Libertad Norte y funcionario Público solicitar, recibir directamente o por medio de terceras personas, dádivas, beneficios, regalos, pagos, honorarios, promesas o cualquier otro tipo de regalías, adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para agilizar, gestionar o retardar o evitar realizar labores o trámites relacionados con el ejercicio de sus funciones.
b) Los Empleados, servidores municipales y funcionarios Públicos tienen prohibido recibir a título personal cualquier tipo de donaciones que vinculen sus funciones dentro de la Municipalidad, cualquier donación deberá ser recibida y seguir el debido proceso de aceptación por medio de la DIRECCIÓN DE
COOPERACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
c) Se prohíbe recibir todo tipo de regalos, donaciones, hospitalidades u otros beneficios con o sin valor económico, que puedan percibirse como acto de soborno, por parte de los empleados, servidores de la Alcaldía Municipal de La Libertad Norte.
d) En ningún caso un empleado, servidor o funcionario Público de la Alcaldía Municipal de La Libertad Norte podrá recibir de forma directa o indirecta dinero en efectivo, salvo aquellos cargos que se desempeñen como colectores, cajeros, cobradores entre otros, los cuales deberán documentar dichos ingresos por medio de recibos de ingresos o especies municipales.
e) Queda prohibido recibir o solicitar cualquier otra muestra de regalo u obsequio que provenga de un tercero externo a la Municipalidad a cambio de un beneficio o ventaja indebida.
f) Solicitar o exigir cualquier tipo de alojamiento, hidratación o alimentación, cuando se encuentre en misión Oficial o en el desempeño de sus funciones, lo cual supone una condición para llevar a cabo la misión que le fue encomendada o la función dentro de su desempeño laboral.
g) Todo el personal de La Libertad Norte, con el fin de evitar conflicto de intereses no podrán recibir de parte de proveedores y usuarios: obsequios, regalos, viajes, estadías, equipos, comisiones o cualquier otro tipo de dádivas, a excepción de obsequios promocionales detallado en el literal “E” de las exclusiones.
EXCLUSIONES.
Quedan exceptuados de las prohibiciones establecidas en esta política los siguientes casos:
a) Los reconocimientos otorgados por gobiernos extranjeros y organismos cooperantes conforme a lo que establece la ley.
b) Reconocimientos, premios o distinciones por trabajos en áreas culturales, académicas, científicas, o por actos de heroísmo, eficiencia o solidaridad humana, otorgados por entidades gubernamentales y no gubernamentales, tanto nacionales como internacionales.
c) Los gastos relacionados con viajes y estadías cubiertos por otros gobiernos, instituciones académicas, proveedores interesados en promover el conocimiento de nuevas tecnologías, entidades internacionales o sin fines de lucro para asistir a conferencias, cursos o eventos académicos y culturales, así como la participación en giras de observación.
d) Los obsequios de cortesía diplomática o consular.
e) Los obsequios promocionales, que podrán ser aceptados siempre y cuando no estén condicionados ni busquen influir en las funciones del cargo y no superen los DIEZ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y no sean recibidos de manera recurrente ni inmediatamente después de la prestación de un servicio o durante un proceso de adjudicación.
En relación al literal “E”, en caso de aceptar un reconocimiento, obsequio o muestra de cortesía, el receptor deberá notificar y reportar a la Unidad de Cumplimiento, a través del formulario de Registro de Regalos y Hospitalidades (F-RR-01) en un máximo de setenta y dos horas posteriores a la recepción, el Oficial de Cumplimiento se encargará de recibir los registros y llevar un control consolidado.
EXCEPCIONES.
Como Alcaldía Municipal de La Libertad Norte, podrán recibirse hospitalidades,
siempre y cuando:
- Se notifiquen y reporten a la función de cumplimiento, por el beneficiario o su encargado. (A través del formulario de registro de regalos y hospitalidades (F-RR01) en un máximo de setenta y dos horas posteriores a la recepción si aplica.
- No se haga con la intención de mantener o influir en algún proceso administrativo, ventaja empresarial o negocio y cualquier otro acto similar.
- No sean solicitadas o exigidas por parte de un empleado o servidor de la municipalidad.
- No se haga para mantener o influir en negociaciones o procesos de compra.
- No pueda dar lugar a un conflicto de interés.
- No tengan un valor superior a DIEZ DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por persona.
- Sean recibidos de forma pública, abierta y transparente.
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¡HAZ TU REPORTE!
En caso de aceptar un reconocimiento, obsequio o muestra de cortesía, deberás notificar y reportar a la Unidad de Cumplimiento llenando el formulario de Registro de Regalos y Hospitalidades (F-RR-01). Este formulario puedes presentarlo siguiendo estas dos opciones:
- Descargando el siguiente pdf editable, completarlo y enviarlo por medio de Correo, WhatsApp o llevándolo directamente a la oficina de la Unidad de Cumplimiento.
- Escaneando el código QR y digitando en el formulario en formato pdf editable, luego enviarlo por medio de Correo, WhatsApp o llevándolo directamente a la oficina de la Unidad de Cumplimiento.

